El tratamiento del IVA cambia según si tu cliente está dentro o fuera de la Unión Europea, y si es empresa o particular. Estas son las reglas generales más habituales (no sustituyen el consejo de tu gestoría).
| Situación del cliente | Tratamiento habitual del IVA |
|---|---|
| Empresa dentro de la UE con NIF-IVA intracomunitario | Inversión del sujeto pasivo, factura sin IVA, declarar en modelo 349 |
| Particular dentro de la UE | Normalmente se aplica el IVA español (varía según el tipo de servicio) |
| Empresa o particular fuera de la UE (ej. EE.UU.) | Operación no sujeta a IVA español en la mayoría de servicios |
El trámite que mucha gente olvida: darse de alta en el ROI
Si vas a facturar a empresas de otros países de la UE sin IVA por inversión del sujeto pasivo, necesitas estar dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) para que tu NIF-IVA sea válido en las verificaciones del cliente.