Cada vez más empresas españolas contratan en remoto a profesionales de México, Colombia, Argentina o Chile: mismo idioma, solapamiento horario aceptable y sueldos competitivos para ambas partes. Lo que casi nadie explica bien es la parte fiscal y contractual: cómo se factura, por qué a veces aparece una retención del 24 %, qué convenio de doble imposición te protege y cuándo compensa dar el salto y vivir en España. Aquí lo tienes ordenado y con referencias a la norma.
Las tres fórmulas para trabajar con una empresa española desde Latam
Antes de negociar sueldo conviene tener claro bajo qué figura vas a trabajar, porque cambia quién paga los impuestos, quién cotiza a la seguridad social y qué derechos tienes. En la práctica hay tres opciones.
| Fórmula | Qué firmas | Quién cotiza y retiene | Ventajas | Inconvenientes |
|---|---|---|---|---|
| Contratista independiente | Contrato mercantil de prestación de servicios con la empresa española | Tú, en tu país, como trabajador independiente (monotributo, RESICO, régimen simple, boletas de honorarios…) | Rápido, sin coste extra para la empresa, más ingreso bruto | Sin vacaciones pagadas ni indemnización; posible retención española si no acreditas residencia; riesgo de falso autónomo |
| Empleado vía EOR | Contrato laboral con la filial local de una plataforma (Deel, Remote, Oyster…) que actúa como empleador legal | El EOR, según la ley laboral y fiscal de tu país | Prestaciones locales, aguinaldo o primas legales, cotizaciones a tu sistema público | La empresa paga una tarifa al EOR, por lo que suele ofrecer menos bruto |
La opción que más vemos en ofertas para perfiles latinoamericanos es la de contratista, porque la empresa española no necesita registrarse en tu país. El EOR aparece sobre todo en empresas que quieren retener talento a largo plazo. Si la empresa ya tiene filial en tu país, también puede contratarte directamente a través de ella.
Contratista o empleado: el riesgo del falso autónomo
La legislación laboral de casi todos los países latinoamericanos, igual que la española, mira la realidad de la relación y no el nombre del contrato. Si cumples un horario fijado por la empresa, usas sus herramientas, tienes jefe directo, cobras una cantidad fija al mes y trabajas en exclusiva, un juez de tu país podría considerar que eres empleado. Eso tiene consecuencias para la empresa (cotizaciones atrasadas, indemnizaciones) y para ti (deudas con tu fisco si declaraste como independiente con un régimen que no te correspondía).
- Señales de contratista real: varios clientes, facturas por proyecto o por horas, libertad para organizar tu tiempo, tus propios equipos y herramientas.
- Señales de relación laboral encubierta: jornada impuesta de 9 a 18 hora de Madrid, vacaciones que debes pedir, evaluación anual de desempeño, cargo en el organigrama, exclusividad.
- Si la empresa quiere control propio de empleado, pide que te contrate a través de un EOR: es la forma legal de hacerlo sin que abra una sociedad en tu país.
Revisa siempre lo que firmas: duración, preaviso, propiedad intelectual, moneda y fecha de pago, y ley aplicable. Si algo no está por escrito, pídelo antes de empezar.
Cómo facturar a una empresa española: IVA e inversión del sujeto pasivo
Si eres contratista, tu factura no lleva IVA español. Según el artículo 69.Uno.1.º de la Ley 37/1992 del IVA, los servicios prestados a un empresario o profesional se entienden realizados donde está establecido el destinatario, es decir, en España. Pero como tú no estás establecido en España, quien declara e ingresa ese IVA es la propia empresa española por el mecanismo de inversión del sujeto pasivo (artículo 84 de la misma ley). Para ella el efecto suele ser neutro: lo declara y lo deduce en la misma autoliquidación.
En tu país la factura normalmente se trata como una exportación de servicios. Cada administración tiene sus reglas: en México puede aplicarse la tasa del 0 % de IVA a la exportación de servicios si se cumplen los requisitos del SAT; en Argentina y Colombia existen regímenes específicos para exportación de servicios; en Chile la exportación de servicios puede quedar exenta si el servicio la califica. Confírmalo con un contador local, porque es donde más errores vemos.
- Datos mínimos de la factura: tu nombre o razón social e identificación fiscal de tu país, los datos de la empresa con su NIF español (empieza por letra en las sociedades, por ejemplo B12345678), descripción del servicio, periodo, importe y moneda.
- Mención útil: «Operación no sujeta al IVA español en sede del prestador; inversión del sujeto pasivo por el destinatario (arts. 69 y 84 Ley 37/1992)».
- Moneda: lo habitual es facturar en euros. Si facturas en dólares o en moneda local, deja claro quién asume la diferencia de cambio.
- Numeración: la que exija tu país. En México, Colombia, Chile o Argentina la factura suele ser electrónica y validada por el fisco local; esa es la que envías.
La retención del 24 % y cómo evitarla con un convenio
Aquí está la sorpresa que se llevan muchos contratistas latinoamericanos. La ley española del impuesto sobre la renta de no residentes (texto refundido de la Ley del IRNR) considera obtenidos en España los servicios que «sirvan a actividades económicas realizadas en territorio español» (artículo 13.1.b), aunque los hagas desde Bogotá. Su artículo 25 fija para esas rentas un tipo general del 24 % (el 19 % solo se aplica a residentes en la UE o el EEE), y el artículo 31 obliga a la empresa española pagadora a practicar la retención e ingresarla en Hacienda, con el modelo 216.
La salida es el convenio para evitar la doble imposición. En los convenios que siguen el modelo de la OCDE, los beneficios de una actividad independiente (artículo 7, beneficios empresariales, o en convenios antiguos el artículo 14, servicios personales independientes) solo tributan en tu país de residencia si no tienes en España un establecimiento permanente o una base fija. El propio artículo 31.4 de la ley española dice que no procede retener sobre rentas exentas por un convenio aplicable. Para que la empresa no te retenga necesita una cosa: tu certificado de residencia fiscal a efectos del convenio, expedido por la autoridad tributaria de tu país (SAT, DIAN, AFIP/ARCA, SII…).
- Pide el certificado de residencia fiscal en tu administración tributaria indicando que es para aplicar el convenio con España.
- Envíalo a la empresa antes de la primera factura. Las empresas suelen pedir uno nuevo cada año, porque en la práctica se considera válido durante un año desde su expedición.
- Comprueba que no te retienen. Si ya te retuvieron, la vía para recuperarlo es solicitar la devolución a la Agencia Tributaria española como no residente, un trámite lento; es mucho mejor prevenir.
- Revisa el texto del convenio concreto. Algunos convenios firmados por España con países latinoamericanos tratan la asistencia técnica o ciertos servicios como cánones, que sí admiten una retención en origen limitada. Si tu trabajo es de consultoría técnica, mira el artículo de cánones.
Convenios de doble imposición de España con países de Latinoamérica
España tiene una de las redes de convenios más amplias con Latinoamérica. Esta es la situación según el listado oficial del Ministerio de Hacienda (actualizado a mayo de 2026). Las fechas son las de publicación en el BOE que figuran en esa página.
| País | Convenio con España | Referencia en el listado de Hacienda |
|---|---|---|
| México | Sí | Convenio (BOE 27/10/1994) y protocolo (BOE 07/07/2017) |
| Colombia | Sí | BOE 28/10/2008 |
| Argentina | Sí | Nuevo convenio firmado el 11/03/2013, en vigor desde el 23/12/2013 (BOE 14/01/2014) |
| Chile | Sí | BOE 02/02/2004 |
| Uruguay | Sí | BOE 12/04/2011 |
| Ecuador | Sí | BOE 05/05/1993 |
| Venezuela | Sí | BOE 15/06/2004 |
| Costa Rica | Sí | BOE 01/01/2011 |
| Panamá | Sí | BOE 04/07/2011 |
| República Dominicana | Sí | BOE 02/07/2014 |
| Paraguay | Sí | BOE 29/07/2024 |
| Bolivia, Brasil, Cuba, El Salvador | Sí | Figuran en el listado; revisa el texto y sus protocolos |
| Perú, Guatemala, Honduras, Nicaragua | No figuran en el listado | Sin convenio en vigor publicado: la retención del 24 % puede aplicarse |
Perú es el caso que más dudas genera: hubo negociaciones durante años, pero no aparece en el listado de convenios de Hacienda. Si eres peruano y facturas como independiente a una empresa española, asume que la retención española puede aplicarse y pregunta en tu país cómo descontar ese impuesto pagado en el extranjero en tu declaración anual.
Cómo cobrar: plataformas, cuentas y costes
La empresa española paga en euros desde una cuenta en la zona SEPA. Para ti lo importante es cuánto pierdes entre el tipo de cambio y las comisiones y si tu país tiene controles de cambio que obliguen a liquidar divisas. No damos tarifas porque cambian con frecuencia y dependen del país: compáralas el día que vayas a darte de alta.
| Opción | Cómo funciona | Para quién encaja | Qué vigilar |
|---|---|---|---|
| Cuenta multidivisa (Wise y similares) | Te da datos bancarios en euros para que la empresa te pague como un pago SEPA nacional | Contratistas que facturan en euros y quieren elegir cuándo convertir | Disponibilidad por país, límites, coste de conversión a moneda local |
| Payoneer | Cuentas receptoras en varias monedas y retirada a banco local | Quien ya cobra de marketplaces o varios clientes internacionales | Comisiones de retirada y de conversión |
| Plataformas de contratistas (Deel, Remote…) | La empresa paga a la plataforma y esta te paga a ti; generan contrato y facturas | Empresas que contratan muchos perfiles en distintos países | Opciones de retiro disponibles en tu país y sus costes |
| Transferencia internacional directa | Pago SWIFT de la empresa a tu banco local | Importes altos y empresas sin otras opciones | Comisiones del banco intermediario y del receptor, tipo de cambio aplicado |
En Argentina y Venezuela, por ejemplo, la normativa cambiaria condiciona cómo y cuándo tienes que ingresar o convertir divisas; consúltalo con un contador antes de elegir el canal. Para comparar opciones tienes más detalle en cómo cobrar de clientes extranjeros.
Husos horarios: cuántas horas de diferencia tienes con Madrid
España peninsular está en UTC+1 en invierno y UTC+2 en verano, con cambio el último domingo de marzo y el último domingo de octubre. La mayoría de países latinoamericanos no cambian la hora, así que la diferencia con Madrid crece una hora durante el verano europeo. México eliminó el horario de verano en casi todo el país en 2022 y Chile sí lo mantiene, pero en fechas distintas a las europeas.
| Ciudad | Huso local | Diferencia en invierno europeo | Diferencia en verano europeo | Si en Madrid son las 16:00 (verano) |
|---|---|---|---|---|
| Ciudad de México, San José (Costa Rica) | UTC-6 | 7 horas menos | 8 horas menos | 08:00 |
| Bogotá, Lima, Quito, Panamá | UTC-5 | 6 horas menos | 7 horas menos | 09:00 |
| Caracas, La Paz, Santo Domingo | UTC-4 | 5 horas menos | 6 horas menos | 10:00 |
| Santiago de Chile | UTC-4 (UTC-3 en su verano) | 4 horas menos | 6 horas menos | 10:00 |
| Buenos Aires, Montevideo, São Paulo | UTC-3 | 4 horas menos | 5 horas menos | 11:00 |
Chile tiene dos periodos de transición (finales de marzo a principios de abril, y septiembre a finales de octubre) en los que la diferencia con Madrid es de 5 horas. Desde Buenos Aires o Montevideo tienes de 4 a 6 horas de solapamiento con la jornada española; desde México, apenas la primera hora de tu mañana coincide con el final de la tarde en Madrid. Negocia por escrito una franja de disponibilidad común (por ejemplo, de 15:00 a 18:00 hora de Madrid) en lugar de aceptar el horario completo español: es una cláusula razonable y evita que trabajes de madrugada.
¿Y si me mudo a España con el visado de teletrabajo?
Es la pregunta que más recibimos y tiene una trampa. El visado o la autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional de la Ley 14/2013 está pensado para quien trabaja para empresas extranjeras. Si eres empleado, solo puedes trabajar para la empresa no española que te contrata. Si eres autónomo, puedes tener clientes españoles siempre que no superen el 20 % de tu actividad total. Por tanto, si tu único cliente es una empresa española, este visado no te sirve: tendrías que buscar otra vía, como una autorización de trabajo por cuenta ajena con esa empresa o el régimen de profesionales altamente cualificados si encajas.
Sí encaja si, por ejemplo, trabajas para una startup de Estados Unidos o una agencia de tu país y además tienes un cliente español que supone una parte pequeña de tus ingresos. Además, la ley exige al menos tres meses de relación con la empresa, una empresa con un año de actividad e ingresos mínimos del 200 % del salario mínimo interprofesional, que con el SMI de 2026 (1.221 € al mes en 14 pagas, Real Decreto 126/2026) supone 2.442 € al mes, o 2.849 € si se prorratea en 12 meses. Tienes todos los requisitos en nuestra guía del visado de nómada digital en España.
- Compensa mudarte si: tus clientes son mayoritariamente no españoles, ingresas bastante por encima del mínimo, quieres residencia legal estable y valoras acceso a la Unión Europea, sanidad y calidad de vida.
- No compensa (todavía) si: dependes de un único cliente español, tus ingresos están justos sobre el umbral o tu fiscalidad actual es mucho más baja y no te importa la residencia europea.
- Ten en cuenta que al vivir más de 183 días al año en España pasarás a ser residente fiscal español, con IRPF sobre tu renta mundial, salvo que te acojas al régimen especial de impatriados si cumples sus requisitos.
Sobre cotizaciones: como contratista, la empresa española no cotiza por ti, así que debes hacerlo tú en tu país. Si algún día trabajas en España, consulta cómo se suman periodos entre países en seguridad social al trabajar desde otro país.
Errores típicos que vemos en contratistas latinoamericanos
- No enviar el certificado de residencia fiscal y descubrir en la primera transferencia que llega un 24 % menos.
- Aceptar un contrato mercantil con condiciones de empleado (horario, exclusividad, vacaciones a pedir) sin cobrar más a cambio.
- Negociar en euros brutos sin descontar comisiones de cobro, cambio de divisa y tus propias cotizaciones e impuestos.
- Pagar por adelantado formación, equipos o «tasas de alta» a supuestos reclutadores: las empresas reales no cobran a sus contratados.
Este último punto es cada vez más frecuente en ofertas que dicen venir de empresas españolas. Te explicamos las señales en cómo detectar una oferta de trabajo remoto fraudulenta. Y si estás empezando a buscar, mira cómo conseguir trabajo remoto en una empresa extranjera.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que cobrar IVA español a una empresa española desde México o Colombia?
No. Al prestar servicios a una empresa establecida en España sin estar tú establecido allí, el IVA lo declara la propia empresa por inversión del sujeto pasivo. Tu factura va sin IVA español y en tu país suele tratarse como exportación de servicios, según sus reglas.
¿Por qué la empresa española me retiene un 24 %?
Porque la ley española del IRNR considera obtenidos en España los servicios que se usan en actividades en España y obliga a la empresa a retener un 24 % a los no residentes fuera de la UE. Si resides en un país con convenio y le entregas tu certificado de residencia fiscal a efectos del convenio, normalmente no debe retenerte.
¿Tiene España convenio de doble imposición con Perú?
Perú no figura en el listado oficial de convenios de Hacienda actualizado a 2026, así que no hay convenio en vigor publicado. Un contratista peruano puede sufrir la retención española del 24 % y debe consultar en su país cómo deducir ese impuesto pagado en el extranjero.
¿Qué es mejor, ser contratista o empleado a través de un EOR?
Como contratista suele cobrar más en bruto, pero asumes tus cotizaciones, impuestos y la falta de vacaciones pagadas. Con un EOR tienes las prestaciones laborales de tu país y la empresa paga una tarifa al intermediario, por lo que la oferta bruta suele ser menor. Si el trabajo tiene horario fijo y exclusividad, el EOR es la opción legalmente más segura.
¿Puedo usar el visado de nómada digital para trabajar en España para mi empresa española?
No, si es tu único cliente o empleador. El visado de teletrabajo internacional exige trabajar para empresas extranjeras y, si eres autónomo, los clientes españoles no pueden superar el 20 % de tu actividad. Para trabajar en España para una empresa española necesitas otra autorización de residencia y trabajo.
¿Cuántas horas de diferencia hay entre Madrid y Buenos Aires o Ciudad de México?
Con Buenos Aires son 4 horas en invierno europeo y 5 en verano. Con Ciudad de México son 7 horas en invierno europeo y 8 en verano, porque México ya no cambia la hora. Conviene pactar por escrito una franja horaria común.
Fuentes consultadas
- Ministerio de Hacienda: convenios para evitar la doble imposición (listado alfabético)
- BOE: Real Decreto Legislativo 5/2004, texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes
- BOE: Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido
- BOE: Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores (teletrabajo de carácter internacional)
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