Aviso: este contenido es información general y educativa, no asesoramiento legal, fiscal o laboral individualizado. Las condiciones de cada empresa y país cambian con frecuencia; verifica siempre las cifras y requisitos actuales en la fuente oficial antes de tomar una decisión.

Cada vez más empresas españolas contratan en remoto a profesionales de México, Colombia, Argentina o Chile: mismo idioma, solapamiento horario aceptable y sueldos competitivos para ambas partes. Lo que casi nadie explica bien es la parte fiscal y contractual: cómo se factura, por qué a veces aparece una retención del 24 %, qué convenio de doble imposición te protege y cuándo compensa dar el salto y vivir en España. Aquí lo tienes ordenado y con referencias a la norma.

Respuesta rápida: desde Latinoamérica puedes trabajar para una empresa española como contratista independiente (facturas desde tu país, sin IVA español, y la empresa aplica la inversión del sujeto pasivo) o como empleado a través de un empleador de registro (EOR) en tu país. Si facturas tú, la empresa española puede tener que retenerte un 24 % de IRNR salvo que le entregues un certificado de residencia fiscal de un país con convenio, como México, Colombia, Argentina o Chile. Mudarte a España con el visado de teletrabajo solo encaja si tus clientes son mayoritariamente extranjeros: la empresa española no puede superar el 20 % de tu actividad.

Las tres fórmulas para trabajar con una empresa española desde Latam

Antes de negociar sueldo conviene tener claro bajo qué figura vas a trabajar, porque cambia quién paga los impuestos, quién cotiza a la seguridad social y qué derechos tienes. En la práctica hay tres opciones.

FórmulaQué firmasQuién cotiza y retieneVentajasInconvenientes
Contratista independienteContrato mercantil de prestación de servicios con la empresa españolaTú, en tu país, como trabajador independiente (monotributo, RESICO, régimen simple, boletas de honorarios…)Rápido, sin coste extra para la empresa, más ingreso brutoSin vacaciones pagadas ni indemnización; posible retención española si no acreditas residencia; riesgo de falso autónomo
Empleado vía EORContrato laboral con la filial local de una plataforma (Deel, Remote, Oyster…) que actúa como empleador legalEl EOR, según la ley laboral y fiscal de tu paísPrestaciones locales, aguinaldo o primas legales, cotizaciones a tu sistema públicoLa empresa paga una tarifa al EOR, por lo que suele ofrecer menos bruto

La opción que más vemos en ofertas para perfiles latinoamericanos es la de contratista, porque la empresa española no necesita registrarse en tu país. El EOR aparece sobre todo en empresas que quieren retener talento a largo plazo. Si la empresa ya tiene filial en tu país, también puede contratarte directamente a través de ella.

Contratista o empleado: el riesgo del falso autónomo

La legislación laboral de casi todos los países latinoamericanos, igual que la española, mira la realidad de la relación y no el nombre del contrato. Si cumples un horario fijado por la empresa, usas sus herramientas, tienes jefe directo, cobras una cantidad fija al mes y trabajas en exclusiva, un juez de tu país podría considerar que eres empleado. Eso tiene consecuencias para la empresa (cotizaciones atrasadas, indemnizaciones) y para ti (deudas con tu fisco si declaraste como independiente con un régimen que no te correspondía).

Revisa siempre lo que firmas: duración, preaviso, propiedad intelectual, moneda y fecha de pago, y ley aplicable. Si algo no está por escrito, pídelo antes de empezar.

Cómo facturar a una empresa española: IVA e inversión del sujeto pasivo

Si eres contratista, tu factura no lleva IVA español. Según el artículo 69.Uno.1.º de la Ley 37/1992 del IVA, los servicios prestados a un empresario o profesional se entienden realizados donde está establecido el destinatario, es decir, en España. Pero como tú no estás establecido en España, quien declara e ingresa ese IVA es la propia empresa española por el mecanismo de inversión del sujeto pasivo (artículo 84 de la misma ley). Para ella el efecto suele ser neutro: lo declara y lo deduce en la misma autoliquidación.

En tu país la factura normalmente se trata como una exportación de servicios. Cada administración tiene sus reglas: en México puede aplicarse la tasa del 0 % de IVA a la exportación de servicios si se cumplen los requisitos del SAT; en Argentina y Colombia existen regímenes específicos para exportación de servicios; en Chile la exportación de servicios puede quedar exenta si el servicio la califica. Confírmalo con un contador local, porque es donde más errores vemos.

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La retención del 24 % y cómo evitarla con un convenio

Aquí está la sorpresa que se llevan muchos contratistas latinoamericanos. La ley española del impuesto sobre la renta de no residentes (texto refundido de la Ley del IRNR) considera obtenidos en España los servicios que «sirvan a actividades económicas realizadas en territorio español» (artículo 13.1.b), aunque los hagas desde Bogotá. Su artículo 25 fija para esas rentas un tipo general del 24 % (el 19 % solo se aplica a residentes en la UE o el EEE), y el artículo 31 obliga a la empresa española pagadora a practicar la retención e ingresarla en Hacienda, con el modelo 216.

La salida es el convenio para evitar la doble imposición. En los convenios que siguen el modelo de la OCDE, los beneficios de una actividad independiente (artículo 7, beneficios empresariales, o en convenios antiguos el artículo 14, servicios personales independientes) solo tributan en tu país de residencia si no tienes en España un establecimiento permanente o una base fija. El propio artículo 31.4 de la ley española dice que no procede retener sobre rentas exentas por un convenio aplicable. Para que la empresa no te retenga necesita una cosa: tu certificado de residencia fiscal a efectos del convenio, expedido por la autoridad tributaria de tu país (SAT, DIAN, AFIP/ARCA, SII…).

  1. Pide el certificado de residencia fiscal en tu administración tributaria indicando que es para aplicar el convenio con España.
  2. Envíalo a la empresa antes de la primera factura. Las empresas suelen pedir uno nuevo cada año, porque en la práctica se considera válido durante un año desde su expedición.
  3. Comprueba que no te retienen. Si ya te retuvieron, la vía para recuperarlo es solicitar la devolución a la Agencia Tributaria española como no residente, un trámite lento; es mucho mejor prevenir.
  4. Revisa el texto del convenio concreto. Algunos convenios firmados por España con países latinoamericanos tratan la asistencia técnica o ciertos servicios como cánones, que sí admiten una retención en origen limitada. Si tu trabajo es de consultoría técnica, mira el artículo de cánones.
Si trabajas como empleado vía EOR o filial en tu país, todo esto no te afecta: tu sueldo es renta del trabajo realizada fuera de España y tributa y cotiza en tu país a través de la nómina local.

Convenios de doble imposición de España con países de Latinoamérica

España tiene una de las redes de convenios más amplias con Latinoamérica. Esta es la situación según el listado oficial del Ministerio de Hacienda (actualizado a mayo de 2026). Las fechas son las de publicación en el BOE que figuran en esa página.

PaísConvenio con EspañaReferencia en el listado de Hacienda
MéxicoSíConvenio (BOE 27/10/1994) y protocolo (BOE 07/07/2017)
ColombiaSíBOE 28/10/2008
ArgentinaSíNuevo convenio firmado el 11/03/2013, en vigor desde el 23/12/2013 (BOE 14/01/2014)
ChileSíBOE 02/02/2004
UruguaySíBOE 12/04/2011
EcuadorSíBOE 05/05/1993
VenezuelaSíBOE 15/06/2004
Costa RicaSíBOE 01/01/2011
PanamáSíBOE 04/07/2011
República DominicanaSíBOE 02/07/2014
ParaguaySíBOE 29/07/2024
Bolivia, Brasil, Cuba, El SalvadorSíFiguran en el listado; revisa el texto y sus protocolos
Perú, Guatemala, Honduras, NicaraguaNo figuran en el listadoSin convenio en vigor publicado: la retención del 24 % puede aplicarse

Perú es el caso que más dudas genera: hubo negociaciones durante años, pero no aparece en el listado de convenios de Hacienda. Si eres peruano y facturas como independiente a una empresa española, asume que la retención española puede aplicarse y pregunta en tu país cómo descontar ese impuesto pagado en el extranjero en tu declaración anual.

Cómo cobrar: plataformas, cuentas y costes

La empresa española paga en euros desde una cuenta en la zona SEPA. Para ti lo importante es cuánto pierdes entre el tipo de cambio y las comisiones y si tu país tiene controles de cambio que obliguen a liquidar divisas. No damos tarifas porque cambian con frecuencia y dependen del país: compáralas el día que vayas a darte de alta.

OpciónCómo funcionaPara quién encajaQué vigilar
Cuenta multidivisa (Wise y similares)Te da datos bancarios en euros para que la empresa te pague como un pago SEPA nacionalContratistas que facturan en euros y quieren elegir cuándo convertirDisponibilidad por país, límites, coste de conversión a moneda local
PayoneerCuentas receptoras en varias monedas y retirada a banco localQuien ya cobra de marketplaces o varios clientes internacionalesComisiones de retirada y de conversión
Plataformas de contratistas (Deel, Remote…)La empresa paga a la plataforma y esta te paga a ti; generan contrato y facturasEmpresas que contratan muchos perfiles en distintos paísesOpciones de retiro disponibles en tu país y sus costes
Transferencia internacional directaPago SWIFT de la empresa a tu banco localImportes altos y empresas sin otras opcionesComisiones del banco intermediario y del receptor, tipo de cambio aplicado

En Argentina y Venezuela, por ejemplo, la normativa cambiaria condiciona cómo y cuándo tienes que ingresar o convertir divisas; consúltalo con un contador antes de elegir el canal. Para comparar opciones tienes más detalle en cómo cobrar de clientes extranjeros.

Husos horarios: cuántas horas de diferencia tienes con Madrid

España peninsular está en UTC+1 en invierno y UTC+2 en verano, con cambio el último domingo de marzo y el último domingo de octubre. La mayoría de países latinoamericanos no cambian la hora, así que la diferencia con Madrid crece una hora durante el verano europeo. México eliminó el horario de verano en casi todo el país en 2022 y Chile sí lo mantiene, pero en fechas distintas a las europeas.

CiudadHuso localDiferencia en invierno europeoDiferencia en verano europeoSi en Madrid son las 16:00 (verano)
Ciudad de México, San José (Costa Rica)UTC-67 horas menos8 horas menos08:00
Bogotá, Lima, Quito, PanamáUTC-56 horas menos7 horas menos09:00
Caracas, La Paz, Santo DomingoUTC-45 horas menos6 horas menos10:00
Santiago de ChileUTC-4 (UTC-3 en su verano)4 horas menos6 horas menos10:00
Buenos Aires, Montevideo, São PauloUTC-34 horas menos5 horas menos11:00

Chile tiene dos periodos de transición (finales de marzo a principios de abril, y septiembre a finales de octubre) en los que la diferencia con Madrid es de 5 horas. Desde Buenos Aires o Montevideo tienes de 4 a 6 horas de solapamiento con la jornada española; desde México, apenas la primera hora de tu mañana coincide con el final de la tarde en Madrid. Negocia por escrito una franja de disponibilidad común (por ejemplo, de 15:00 a 18:00 hora de Madrid) en lugar de aceptar el horario completo español: es una cláusula razonable y evita que trabajes de madrugada.

¿Y si me mudo a España con el visado de teletrabajo?

Es la pregunta que más recibimos y tiene una trampa. El visado o la autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional de la Ley 14/2013 está pensado para quien trabaja para empresas extranjeras. Si eres empleado, solo puedes trabajar para la empresa no española que te contrata. Si eres autónomo, puedes tener clientes españoles siempre que no superen el 20 % de tu actividad total. Por tanto, si tu único cliente es una empresa española, este visado no te sirve: tendrías que buscar otra vía, como una autorización de trabajo por cuenta ajena con esa empresa o el régimen de profesionales altamente cualificados si encajas.

Sí encaja si, por ejemplo, trabajas para una startup de Estados Unidos o una agencia de tu país y además tienes un cliente español que supone una parte pequeña de tus ingresos. Además, la ley exige al menos tres meses de relación con la empresa, una empresa con un año de actividad e ingresos mínimos del 200 % del salario mínimo interprofesional, que con el SMI de 2026 (1.221 € al mes en 14 pagas, Real Decreto 126/2026) supone 2.442 € al mes, o 2.849 € si se prorratea en 12 meses. Tienes todos los requisitos en nuestra guía del visado de nómada digital en España.

Al mudarte cambia también tu factura: si pasas a ser autónomo en España y facturas a una empresa española, ya aplicas IVA español y retención de IRPF, no la del no residente. Lee antes la regla de los 183 días para saber desde cuándo eres residente fiscal.

Sobre cotizaciones: como contratista, la empresa española no cotiza por ti, así que debes hacerlo tú en tu país. Si algún día trabajas en España, consulta cómo se suman periodos entre países en seguridad social al trabajar desde otro país.

Errores típicos que vemos en contratistas latinoamericanos

Este último punto es cada vez más frecuente en ofertas que dicen venir de empresas españolas. Te explicamos las señales en cómo detectar una oferta de trabajo remoto fraudulenta. Y si estás empezando a buscar, mira cómo conseguir trabajo remoto en una empresa extranjera.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que cobrar IVA español a una empresa española desde México o Colombia?

No. Al prestar servicios a una empresa establecida en España sin estar tú establecido allí, el IVA lo declara la propia empresa por inversión del sujeto pasivo. Tu factura va sin IVA español y en tu país suele tratarse como exportación de servicios, según sus reglas.

¿Por qué la empresa española me retiene un 24 %?

Porque la ley española del IRNR considera obtenidos en España los servicios que se usan en actividades en España y obliga a la empresa a retener un 24 % a los no residentes fuera de la UE. Si resides en un país con convenio y le entregas tu certificado de residencia fiscal a efectos del convenio, normalmente no debe retenerte.

¿Tiene España convenio de doble imposición con Perú?

Perú no figura en el listado oficial de convenios de Hacienda actualizado a 2026, así que no hay convenio en vigor publicado. Un contratista peruano puede sufrir la retención española del 24 % y debe consultar en su país cómo deducir ese impuesto pagado en el extranjero.

¿Qué es mejor, ser contratista o empleado a través de un EOR?

Como contratista suele cobrar más en bruto, pero asumes tus cotizaciones, impuestos y la falta de vacaciones pagadas. Con un EOR tienes las prestaciones laborales de tu país y la empresa paga una tarifa al intermediario, por lo que la oferta bruta suele ser menor. Si el trabajo tiene horario fijo y exclusividad, el EOR es la opción legalmente más segura.

¿Puedo usar el visado de nómada digital para trabajar en España para mi empresa española?

No, si es tu único cliente o empleador. El visado de teletrabajo internacional exige trabajar para empresas extranjeras y, si eres autónomo, los clientes españoles no pueden superar el 20 % de tu actividad. Para trabajar en España para una empresa española necesitas otra autorización de residencia y trabajo.

¿Cuántas horas de diferencia hay entre Madrid y Buenos Aires o Ciudad de México?

Con Buenos Aires son 4 horas en invierno europeo y 5 en verano. Con Ciudad de México son 7 horas en invierno europeo y 8 en verano, porque México ya no cambia la hora. Conviene pactar por escrito una franja horaria común.

Fuentes consultadas

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