Aviso: este contenido es información general y educativa, no asesoramiento legal, fiscal o laboral individualizado. Las condiciones de cada empresa y país cambian con frecuencia; verifica siempre las cifras y requisitos actuales en la fuente oficial antes de tomar una decisión.

En 2026 la cuota de autónomos sigue el sistema de cotización por ingresos reales y, al no haberse aprobado presupuestos nuevos, las bases de los tramos son las mismas que en 2025, aunque el tipo total sube una décima. Aquí tienes la tabla oficial con la cuota mínima de cada tramo, cómo elegir el tuyo cuando cobras en dólares o libras y cómo funciona la regularización que llega uno o dos años después.

Qué cambió en 2026 y de dónde salen las cifras

El sistema actual nace del Real Decreto-ley 13/2022, que desde 2023 obliga a cotizar según los rendimientos netos de la actividad y no según una base elegida libremente. Ese decreto fijó las tablas para 2023, 2024 y 2025 y dejó que, a partir de 2026, las nuevas tablas las aprobara la Ley de Presupuestos.

Como en 2026 siguen prorrogados los presupuestos, el Gobierno resolvió la situación por dos vías: el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, que mantiene para 2026 las tablas de 2025 (subiendo solo la base máxima de los tramos 11 y 12), y la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo (BOE del 31 de marzo), que desarrolla las normas de cotización del año con efectos desde el 1 de enero de 2026. Todas las bases y tipos de esta guía salen del artículo 18 de esa orden.

Cómo se calcula la cuota: tipos de cotización 2026

La cuota mensual es simplemente tu base de cotización multiplicada por la suma de los tipos. Para un autónomo que cotiza por todas las contingencias, que es lo obligatorio con carácter general, los tipos de 2026 son estos:

ConceptoTipo 2026Norma
Contingencias comunes28,30 %Orden PJC/297/2026, art. 18.2.a
Contingencias profesionales (accidente y enfermedad profesional)1,30 %Orden PJC/297/2026, art. 18.2.b
Cese de actividad0,90 %Orden PJC/297/2026
Formación profesional0,10 %Orden PJC/297/2026
Mecanismo de Equidad Intergeneracional0,90 %Orden PJC/297/2026, art. 18.2.c
Total31,50 %Suma de los anteriores

Ejemplo rápido: con la base mínima del tramo 1 de la tabla general (950,98 €), la cuota es 950,98 × 31,50 % = 299,56 € al mes. Si eliges una base más alta dentro de tu tramo, pagas más y generas más derecho a prestaciones (jubilación, incapacidad temporal, cese de actividad).

Tabla de tramos y cuotas mínimas 2026

Los tramos se definen por el rendimiento neto mensual (rendimiento anual computable dividido entre 12). La cuota mínima es la base mínima del tramo multiplicada por el 31,50 %. Las bases son oficiales; las cuotas las hemos calculado aplicando ese tipo y pueden diferir en algún céntimo del recibo por redondeos.

TramoRendimiento neto mensualBase mínimaBase máximaCuota mínima
Reducida 1Hasta 670 €653,59 €718,94 €205,88 €
Reducida 2670,01 a 900 €718,95 €900,00 €226,47 €
Reducida 3900,01 a 1.166,69 €849,67 €1.166,70 €267,65 €
General 11.166,70 a 1.300 €950,98 €1.300,00 €299,56 €
General 21.300,01 a 1.500 €960,78 €1.500,00 €302,65 €
General 31.500,01 a 1.700 €960,78 €1.700,00 €302,65 €
General 41.700,01 a 1.850 €1.143,79 €1.850,00 €360,29 €
General 51.850,01 a 2.030 €1.209,15 €2.030,00 €380,88 €
General 62.030,01 a 2.330 €1.274,51 €2.330,00 €401,47 €
General 72.330,01 a 2.760 €1.356,21 €2.760,00 €427,21 €
General 82.760,01 a 3.190 €1.437,91 €3.190,00 €452,94 €
General 93.190,01 a 3.620 €1.519,61 €3.620,00 €478,68 €
General 103.620,01 a 4.050 €1.601,31 €4.050,00 €504,41 €
General 114.050,01 a 6.000 €1.732,03 €5.101,20 €545,59 €
General 12Más de 6.000 €1.928,10 €5.101,20 €607,35 €
Fuente de las bases: artículo 18 de la Orden PJC/297/2026 y la página de bases y tipos de la Seguridad Social. Si en algún momento de 2026 se aprobara una Ley de Presupuestos con tablas distintas, prevalecería esa ley: compruébalo antes de cambiar de base.
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Tarifa plana en 2026: cuota reducida durante los primeros 12 meses

Si te das de alta por primera vez (o no has estado de alta en los dos años anteriores, o tres si ya disfrutaste antes de la reducción), puedes pedir la cuota reducida (tarifa plana) durante los primeros 12 meses. Su cuantía de referencia es de 80 € al mes. Se solicita en el propio trámite de alta, en el portal Importass.

Un matiz importante, comprobado en octubre de 2026: el artículo 38 ter de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo dice que la cuantía anual de la cuota reducida «se establecerá en la respectiva Ley de Presupuestos», y los 80 € solo están fijados expresamente para el periodo 2023-2025 por el Real Decreto-ley 13/2022; la página informativa de la Seguridad Social sigue refiriéndose a ese periodo. Ni el Real Decreto-ley 3/2026 ni la Orden PJC/297/2026 fijan una cuantía distinta para 2026, así que la referencia sigue siendo 80 €, pero ninguna norma de 2026 la cita de forma expresa: comprueba en Importass, al tramitar el alta, el importe que te aplican. Además, el MEI no queda absorbido en la cuota reducida, por lo que el cargo real en el banco es algo superior a 80 €; revisa tu primer recibo.

Cómo calcular tus rendimientos netos si facturas a clientes extranjeros

Cotizar por ingresos reales significa que lo que importa es tu rendimiento neto, no el país de tus clientes. Facturar a una empresa de Alemania o de Estados Unidos no cambia la fórmula, pero sí añade dos trabajos: convertir cada factura a euros y no confundir los importes sin IVA con los que llevan IVA. Para el tratamiento del IVA en cada caso tienes la guía de IVA en facturas internacionales.

  1. Suma tus ingresos del año sin IVA. Las facturas con inversión del sujeto pasivo o no sujetas ya van sin IVA; súmalas por su base.
  2. Convierte a euros las facturas en divisa con el tipo de cambio de la fecha en que se devengan (normalmente la fecha de la factura). Usa una referencia oficial y siempre la misma, por ejemplo el tipo de referencia del Banco Central Europeo.
  3. Resta los gastos deducibles de la actividad: software, equipo (vía amortización), coworking, comisiones de cobro de Wise, PayPal o Stripe, asesoría, seguros profesionales, formación vinculada, etc.
  4. Resta las cuotas de autónomos pagadas: así obtienes el rendimiento neto a efectos de IRPF.
  5. Para la Seguridad Social, vuelve a sumar esas cuotas: el artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social dice que, en estimación directa, el rendimiento computable es el rendimiento neto incrementado en las cuotas del titular.
  6. Aplica la deducción por gastos genéricos del 7 % (3 % para administradores o socios de sociedades incluidos por esa vía).
  7. Divide entre 12 (o entre los meses de alta, si no estuviste todo el año) y busca tu tramo en la tabla.
Las diferencias de cambio entre la fecha de la factura y la fecha de cobro también forman parte del resultado de tu actividad: si el dólar baja entre que facturas y cobras, recibes menos euros y esa pérdida reduce tu rendimiento; si sube, lo aumenta. Anótalas en tu libro de ingresos o de gastos para que el rendimiento que estimas se parezca al que luego comunicará Hacienda.

Ejemplo completo con clientes de fuera de España

Supongamos una diseñadora de producto dada de alta todo 2026 que trabaja con una empresa de Países Bajos y otra de Estados Unidos. Los tipos de cambio de este ejemplo son supuestos para ilustrar el cálculo.

ConceptoImporte
Facturas al cliente de Países Bajos (inversión del sujeto pasivo, en euros)24.000 €
Facturas al cliente de EE. UU.: 20.000 USD convertidos con un cambio medio supuesto de 1,10 USD/€18.181,82 €
Ingresos totales sin IVA42.181,82 €
Gastos deducibles (software, equipo amortizado, coworking, comisiones de cobro, asesoría)6.000,00 €
Cuotas de autónomos pagadas en el año (supuesto: tramo 6 elegido, 401,47 € × 12)4.817,64 €
Rendimiento neto a efectos de IRPF (42.181,82 − 6.000 − 4.817,64)31.364,18 €
Rendimiento computable para la Seguridad Social (se suman las cuotas)36.181,82 €
Menos 7 % de gastos genéricos33.649,09 €
Promedio mensual (÷ 12)2.804,09 €

Con 2.804,09 € al mes, el tramo que le corresponde es el 8 de la tabla general (de 2.760,01 a 3.190 €), con una base mínima de 1.437,91 € y una cuota mínima de 452,94 €. Como cotizó todo el año en el tramo 6 (base 1.274,51 €), la base que eligió queda por debajo de la mínima de su tramo real.

La diferencia a pagar en la regularización sería (1.437,91 − 1.274,51) × 31,50 % × 12 = 617,65 €. Si hubiera previsto bien sus ingresos y cambiado de base a mitad de año, habría repartido ese coste en lugar de recibirlo de golpe.

Regularización: cuándo llega y qué pasa si te equivocas

Las bases que eliges durante el año son provisionales. Cuando la Agencia Tributaria comunica a la Tesorería General de la Seguridad Social tus rendimientos definitivos (después de tu declaración de la renta del año), la Tesorería compara y regulariza. Según el artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social:

Cambiar de base durante el año: calendario 2026

Puedes cambiar de base hasta seis veces al año desde Importass. El cambio surte efecto en el bimestre siguiente a la solicitud:

Si lo solicitas entreSurte efecto el
1 de enero y 28 de febrero1 de marzo de 2026
1 de marzo y 30 de abril1 de mayo de 2026
1 de mayo y 30 de junio1 de julio de 2026
1 de julio y 31 de agosto1 de septiembre de 2026
1 de septiembre y 31 de octubre1 de noviembre de 2026
1 de noviembre y 31 de diciembre1 de enero de 2027

Para quien trabaja con clientes extranjeros, la forma más sencilla de acertar es revisar cada trimestre, al preparar el modelo 130 o el 303, los ingresos acumulados en euros y proyectarlos al año. Si un contrato en dólares se amplía o el cambio se mueve mucho, ajusta la base en la siguiente ventana.

Casos particulares del freelance internacional

Errores habituales que salen caros

Esta guía resume la normativa vigente en octubre de 2026 con fines informativos. Tu caso puede tener particularidades (alta a mitad de año, socios, pluriactividad, residencia en otro país). Antes de decidir tu base, contrasta los números con tu asesor o con el simulador de la Seguridad Social.
Para seguir leyendo: Nómada digital en Canarias: IGIC, impuestos y coste de vida

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga como mínimo un autónomo en 2026?

La cuota mínima es de 205,88 € al mes, correspondiente al tramo 1 de la tabla reducida (rendimientos de hasta 670 € al mes). Se obtiene aplicando el 31,50 % a la base mínima de 653,59 €. Los nuevos autónomos pueden pedir la tarifa plana, cuya cuantía de referencia es de 80 € al mes durante el primer año más el MEI; confirma el importe en Importass al darte de alta.

¿Han subido las cuotas de autónomos en 2026?

Las bases de los tramos son las mismas que en 2025 porque el Real Decreto-ley 3/2026 prorrogó las tablas. Lo que sube es el MEI, del 0,80 % al 0,90 %, así que el tipo total pasa del 31,40 % al 31,50 % y la cuota sube unos pocos euros. La base máxima de los tramos 11 y 12 pasa a 5.101,20 €.

¿Cómo convierto a euros las facturas en dólares para calcular mi tramo?

Usa el tipo de cambio de la fecha de cada factura, tomado siempre de la misma fuente oficial, como el tipo de referencia del Banco Central Europeo. Las diferencias que surjan al cobrar se anotan como mayor o menor ingreso de la actividad. Lo importante es que el rendimiento que estimas coincida con el que declararás en el IRPF.

¿Qué pasa si elijo un tramo más bajo del que me corresponde?

No hay sanción inmediata, pero en la regularización tendrás que pagar la diferencia hasta la base mínima de tu tramo real. Si pagas antes del último día del mes siguiente a la notificación, no hay recargos ni intereses. Si cotizaste por encima de la base máxima de tu tramo, te devolverán el exceso.

¿Puedo tener tarifa plana si ya fui autónomo hace años?

Sí, siempre que no hayas estado de alta como autónomo en los dos años inmediatamente anteriores, o en los tres anteriores si ya disfrutaste antes de esa reducción. Se pide al tramitar el alta en Importass. No pueden pedirla los familiares colaboradores de otro autónomo.

¿Las comisiones de Wise o PayPal reducen mi cuota?

Indirectamente sí. Son gastos deducibles de la actividad, así que reducen tu rendimiento neto, que es lo que determina el tramo. Guarda los extractos donde aparecen para poder justificarlas.

Fuentes consultadas

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